lunes, 11 de enero de 2010

Vencido el plazo de exoneración de I.V.A.

Vencido este plazo segun el decreto 5770, los beneficiarios de esta exoneración pasaran a ser contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado a partir del 01 de enero de 2010, salvo que la totalidad de sus operaciones se encuentren exentas o exoneradas.

El contenido de el decreto lo puedes descargar aqui.

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